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26 sept 2020

Banca cubana actualiza las regulaciones para la importación y exportación de MLC

El Banco Central de Cuba (BCC) dio a conocer mediante la Gaceta Oficial Extraordinaria número 51 que se actualiza las regulaciones para la importación y exportación de moneda libremente convertible por personas naturales.

Según la resolución 124 del BCC, la importación de moneda libremente convertible (MLC) por personas naturales es libre en efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional.

En este sentido, las personas que a su entrada al territorio nacional porten una cantidad superior a los cinco mil dólares estadounidenses o su equivalente en otras divisas extranjeras en efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional quedan obligados a declararlo a los funcionarios de la Aduana General de la República.

La nueva norma estipula además que a la salida del país se pueden exportar libremente hasta cinco mil dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC en “efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional”.

No obstante, el presidente del Banco Central de Cuba podrá autorizar a las personas naturales que soliciten exportar sumas superiores, previa presentación por el interesado de documentos que acrediten su lícita adquisición.

Se detalla además, que las personas naturales que exporten a su salida del país sumas superiores a la establecida deben declararlo ante los funcionarios de la Aduana General de la República, mediante la presentación del documento que confirme su lícita importación.

En el caso de los extranjeros residentes temporales en el país con permiso de trabajo que perciban ingresos en MLC podrán remesar, vía bancaria, MLC al exterior, y para exportar en efectivo cantidades superiores a cinco mil dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC presentan ante los funcionarios de la Aduana, el documento que confirme su lícita importación o la autorización de exportación del BCC, según proceda.

La Gaceta advierte en otros de sus apartados  que las personas que incumplan lo dispuesto en esta Resolución se les aplican la sanción de decomiso por la Aduana, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.

La información conviene que la Secretaría del Banco Central de Cuba tramita en un plazo de siete días hábiles las solicitudes de exportación de MLC presentadas y comunica al interesado y a la Aduana General de la República el otorgamiento o denegación de la autorización establecida en el apartado cuarto de la presente resolución.

La norma entrará en vigor el 23 de octubre del presente año, fecha en la que se cumplen los treinta días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

Tomado de Cubadebate

 

17 ago 2020

Tiendas en MLC también para las medicinas

En estos tiempos un número no despreciable de Cubanos andan preocupadas y lo muentran constantemente por las tiendas en Moneda Libremente Convertible MLC.

Realmente muchas de esas personas deben saber que en Cuba este tipo de tiendas no son nuevas, existió incluso antes de nacer muchos cubanos, recuerdan Cuba al Servicio de Extranjeros CUBALSE

Si mal no recuerdo en la década del 60, también llamadas diplotiendas, así que ya pueden imaginar, mucho más acá se implementaron las Casas de Cambio del Oro, pasado el año 90 surgieron varias tiendas de Cimex, luego TRD, hoy Caribe, y asi un sinnúmero de cadenas...

En estas ultimas se podía comprar con los chavitos, primera moneda surgida para esas iniciales compras en las llamadas popularmente choping, hasta que llegó el CUC, y además se despenalizó el Dolar.

Muchos cubanos teniamos tres monedas en la cartera CUC, USD y CUP era lo más normal a pesar de que fueron medidas económicas necesarias para contextos que nos permitieron sobrevivir al asedio de los activos financieros cubanos por Estados Unidos, que aún continúa con mas severidad.

Ahora se implementan las tiendas en MLC, como necesidad económica del país, y son muchos los Rupertos que estan seudopreocupados y no recuerdan que esto no es nuevo, será que estuvieron en coma???.

Si nacieron de los años 90 para acá pregunten a sus padres o abuelos y ellos le explicarán todo el proceso; La Mayoria de los cubanos no tienen USD, tampoco quien se los envie... 

Sin embargo es necesario recordar que además de la leche que consumen los niños, y los otros beneficios que recibe la familia cubana y que no voy a decir porque son hipermegaarchiconocidos... también lamentablemente muchos niños enfermos reciben atencion médica de calidad y con tratamientos costosos.

Afortunadamente por ejemplo mi niño cubano, que sufre de Hemofilia A, necesita de medicina importada, y para no agotarlos solo decir que cada dosis de Factor VIII tiene un precio que oscila los 500 dólares.

Mi niño tiene el medicamento, a sus padres no le cuesta, es el estado cubano quien se encarga de esa inversión en dólares, y ese medicamento como otros que no se producen en Cuba deben ser adquiridos sorteando obstaculos, imposiciones y arbitrariedades del Gobierno de Estados Unidos al mantener el Bloqueo a la isla, por ello tambien es necesaria la medida economica de las tiendas en MLC... #NoMasBloqueo